La Cámara Civil y Comercial de Junín (provincia de Buenos Aires), en autos:
"M., B. c. Club Social Cultura y Deporte de Chacabuco", rechazó la demanda
instaurada contra el club organizador por las lesiones sufridas por un jugador
menor de edad durante la disputa de un partido de rugby. El tribunal sostuvo
que el hecho debía ser incluído dentro de los riesgos normales de la práctica
deportiva y que el club había cumplido con las obligaciones inherentes al
organizador del evento.
Fuente: Aladde
La responsabilidad civil ante una lesión
Publicado por Centro de la Juventud Santacruceña
14:11
Responsabilidad Civil